Norma de las partidas de Umbría de Unicornio Gris.
Preámbulo:
Sólo hay que echar un vistazo rápido a estas normas para ver que al director de partidas (de seudónimo en Umbría Unicornio Blanco Mágico, o también Unicornio Blanco) no le gustan las partidas MUY improvisadas.
El director creyó que crear unas normas era el mejor sistema para asegurar el cumplimiento de todos los mecanismos de al menos alguna importancia en la partida.
Por supuesto, la diversión en la partida de los jugadores y, porqué no, la del director e, incluso, la de los visitantes observadores VIP y no VIP, es uno de los fundamentos para estas normas.
La partida "Tras la muerte del jefe orco Argon" fué, al menos en general, un notable éxito. Debe procurarse, basado en estas normas, que en el futuro las siguientes partidas (esto nunca se logra de casualidad) sean igualmente un éxito igual o superior a esta misma, esperando que la mala suerte no nos traicione.
Por lo tanto, en estos términos, el director aprueba, publicita y pone en vigor, con los cambios que pueda tener en el futuro, la siguiente norma.
Articulado:
Las normas de las partidas de Unicornio Gris, procurando abreviar, son las siguientes:
1.1. Personas honradas de buen pasado por lo que se sabe o completos desconocidos que parece que no se tiene un motivo sólido y específico, ambos grupos que se aceptarán en todo caso en la partida; rechazo de las personas infractoras. Se aceptará a cualquier persona honrada como jugadora de la partida salvo si en el pasado, no siendo honrada, esta persona ha actuado con alguna infracción en contra del director y/o de las partidas que este mismo ha hecho o hace en Umbria; si no se da esta condición ni la del apartado siguiente, la persona será aceptada como jugadora, siempre que el cupo máximo no esté cubierto..
1.2. Casos de, en su caso, no aceptación de personas expresamente infractoras que en su caso se portaron demasiado mall en otra partida anterior o, en su caso, antes en esta misma partida; aceptación de todas las demás en la partida salvo decisiones expresas de la autoridad umbriana. El director decidirá los demás casos en que determinadas infracciones cualesquiera, según el caso y con la suficiente gravedad, puedan suponer el impedimento de la entrada o el final de la participación de una u otra persona. Ninguna persona que no haga ningún daño a la partida ni a lo regulado como infracción en las normas perennias se considerará que no pudiera ser admitido o que no pudiera continuar en las partidas, sin perjuicio de la aplicación de las normas de Comunidad Umbría y de las decisiones de sus administradores si sucedieran en su caso. Se considerará parte de las normas las decisiones de la autoridad libre, de acuerdo con las normas, que no podrán tener en ningún caso para los jugadores efecto retroactivo.
.1.Bis En ningun caso Unicornio Blanco podrá actuar como si fuera administrador (o pudiera aplicar funciones de administrador) de Umbría en su propia partida. Esto no impide en ningun caso que Unicornio Blanco pueda ejercer con todo derecho sus funciones como director o master de Umbría en su propia partida que, sólo por si misma en Umbria, es una sección del Cosmos Perenne. Los administradores, sin exigírseles que apliquen necesariamente as normas de Umbría, tendran pleno poder sobre Unicornio Blanco y sus partidas en vigor.
2.1. Del director de la partida. El director de las partidas del Cosmos Perenne, que es también administrador de la web Perenne en catalán principalmente y en castellano secundariamente, antes Unicornio Gris y ahora Unicornio Blanco, es miembro especial (dirigiendo sus PnJ) y a la vez director de su partida tanto como miembro del Cosmos Perenne, dentro de la condición de administrador de las webs de este Cosmos mismo. Dentro de Umbría es un simple jugador especial y director sometido a las normas umbrianas y a los administradores y, sólo si estas primeras normas o estos administradores no deciden lo contrario, está sometido a las normas Perenne.
1.
2.2. De los jugadores de la partida. Todos los jugadores de esta partida, mientras lo sigan siendo de acuerdo con las normas y sus derechos, pudiendo siempre que corresponda tendran derechos especiales de acuerdo con esta norma, siendo miembros adaptados del Cosmos Perenne. Los ex-jugadores que lo sean sin haber sido expulsados, por ejemplo los que se hayan dado de baja normativamente (o sea, de acuerdo con las normas, incluida la posibilidad de darse de baja legítimamente) podran beneficiarse de ciertos derechos de acuerdo con las normas, incluida la autoridad relativamente libre. Los ex-jugadores que hayan sido expulsados por haber actuado antinormativamente tendran que adaptarse a la sanción que, de acuerdo con situación, les corresponda, mientras dure la sanción misma; esta sanción podría ser, durante un tiempo determinado o, en casos muy graves, un tiempo eterno sin poder inscribirse ni estar en actuales o futuras partidas dirigidas por Unicornio Gris.
2.3. De los visitantes VIP. Los visitantes VIP mientras lo sean y si hay alguno tendran la condición de miembros secundarios, con respeto a sus derechos que les correspondan
2.4. De los miembros de Umbría en su caso interesados en ver la partida y no son visitantes VIP ni jugadores. Los miembros de Umbría que en su caso deseen observar o partipar en la partida sin formar parte de los apartados anteriores de este mismo artículo, podran disponer de ciertos derechos dentro de esta partida, sin ser considerados jugadores ni visitantes oficialede la misma, sin impedimiento que puedan, en su caso, unirse a la partida como jugadores o como participantes VIP. Nadie podrá ser obligado a participar o a observat en esta partida. Este tipo de observadores, con todo el respeto, no seran considerados miembros del Cosmos Perenne.
2.5. De los miembos de Umbría que desconozcan la partida o, conociéndola, no les interese para nada. Los miembros de Umbría que no conozcan la partida o que, en su caso, la conozcan y prefieran no participar en la misma ni como "lectores no VIP", sin ser miembros del Cosmos Perenne en este caso, serán respetados, sobretodo teniendo en cuenta la norma del derecho y el deber al respeto moral y sin olvidar la autoridad de las normas umbrianas válidas al respecto y de cualquier miembro del Consejo de Cuervos, amparado o no por las normas umbrianas.
2.6. Las dudas que, si fuera el caso, surjan en torno a este artículo se intentaran resolver por el derecho de petición al director, por escrito y en privado, a menos que alguna razón de fuerza mayor haga que la duda tenga que hacerse en público. El derecho de petición se aplicará de acuerdo con la normatación y las demás normas aplicables.
3.1. Esta partida tiene la finalidad de divertir tanto al director como a los jugadores y bajo esta finalidad de diversión se harán todos sus elementos, incluida esta misma norma. En todo caso, este mismo apartado, o sea, el apartado 3.1, tendrá (no necesariamente únicamente) la consideración de apartado fundamental de esta misma norma.
3.2. El jugador tiene derecho a que el director le responda sus dudas; el director mismo decidirá los supuestos excepcionales y explícitos en que no se responda la duda, incluyendo una, en su caso, excesiva longitud de la duda misma. La comunicación fuera de la partida del jugador y del director se hará preferiblemente en privado, sobretodo cuando no haya un suficiente motivo para que no sea pública y no esté bajo conocimiento de los demás jugadores y, en su caso, de los visitantes VIP y del resto de umbrianos.
4. Reconocimiento del derecho a la individualidad del jugador. El jugador tiene derecho a su individualidad en el diseño de su ficha y en todos los supuestos no prohibidos por norma. Este artículo se aplicará conjuntamente con el artículo 27.
5. Se tendrá muy en cuenta el principio de proporcionalidad entre infracciones y sanciones, teniendo en cuenta que el director tiene el deber de ser moralmente respetuoso, de acuerdo con las normas.
6. El email del administrador es webmestre2(arroba)gmail(punto)com . El director decidirá los casos en que responde las preguntas del usuario, sobretodo cuando las normas fomenten que se haga dicha respuesta.
7. Normalmente sólo es posible contactar con el administrador en privado, de acuerdo con las normas (algunas en catalán) que regulen este mismsmo contacto; el director decidirá los casos en los que, aunque no sea siempre, se tolerará que el jugador haga sus peticiones en público, sin perjudicio de que en ciertos casos pueda ser sancionado el responsable de hacer su petición en público contra las normas de ser así, sobretodo con el principio de proporcionalidad entre infracciones y sanciones.
8.1. En ningún caso será obligatorio leerse o saberse las normas, sin perjuicio de su cumplimiento cuando fuera preciso por parte del director, de los usuarios o de ambos según cada norma.
8.2. El director tiene que informar a los usuarios de los cambios en la norma mediante un mensaje en lugar visible, en los términos del anterior apartado.
9. El director decidirá los términos y condiciones para permitir la baja de un usuario, pudiendo sancionar un hecho lesivo grave, no pudiendo en ningún caso obligar al usuario a quedarse en la partida. Este artículo aplica lo indicado en el apartado 12.3. .
10. La finalidad principal de cualquier partida de Unicornio Gris es que los jugadores y él mismo se diviertan y terminen la partida; esta norma misma, en su preámbulo y en todo su articulado está subordinada a esta finalidad. No obstante, si se cumplen al menos razonablemente bien sus normas y a pesar de esto la partida sale hecha un desastre (esto nunca se sabe) como parece lógico no se echará las culpas de esto a las normas,, si bien, cuando la norma delegue la autoridad al director y la partida salga al, esto no se considerará culpa de las normas sinó del director, siempre que el director siga a rajatabla las partes de la norma que exigan algo sin delegarlo al director mismo.
11. Esta norma respeta las normas de Umbria y las de la normatación perennia, si bien las primeras tienen prioridad ante las segundas en caso de conflicto.
12. El director y los jugadores deben poner al menos un mensaje cada seis días en la partida. El director debe seguir esta norma incluso si ningún jugador participara, si se diera este caso. El jugador debe seguir esta norma des de que ponga su primer mensaje en la partida con su ficha de personaje ya creada hasta que cese su participación en la partida misma, expulsado o no, incluso si ni el director ni ningún otro jugador participara en la misma partida en su caso.
12.1. Si el director mismo tarda entre 7 y 20 días para poner el mensaje, deberá compensar a los jugadores. Si tarda 21 o más días, deberá hablarle a los jugadores por si quieren proseguir con la partida, sin perjuicio de la debida autosanción.
12.2. Si un jugador tarda entre 7 y 20 días para poner el mensaje no recibirá ninguna penalización grave (sí puede sufrir alguna de leve o media) salvo que el director controlará el personaje de este jugador, procurando no dañarlo innecesariamente, hasta que el jugador, si lo hace, vuelva. Si tarda 21 o más días el jugador será expulsado de la partida y el director decidirá el destino del personaje, que en su caso podrá seguir estando con el grupo como PnJ, si fuera así, a menos que decida suprimir a este personaje en estas condiciones. Esto no tendrá que darse si hay un solo jugador en la partida sin incluir como tal al director.
12.3. Si un jugador tarda al menos 21 días en volver a la partida, sólo si fuera este el caso, no podrá de ninguna manera en este caso darse de baja de la partida, por retrasarse demasiado; en otras palabras, que el derecho a darse de baja sufre la susodicha limitación.
12.4. El director procurará revisar la partida cada 5 días por lo menos para asegurar que se cumpla la condición del artículo 12.2, sin perjuicio del artículo 12.1. .
12.5. El director podrá decidir, si él quiere, no queriendo ser demasiado rígido, las condiciones individuales en que prolongará estos términos de sanción para uno o más jugadores, no pudiendo acortarlos y debiendo ineludiblemente respetar a los jugadores que en su caso respeten dichos términos, quedando a su decisión prolongar o no hasta cierto punto estos términos, de acuerdo con la condición de respetar a quienes en su caso los respeten y, insistiendo en este punto, no pudiendo acortarlos. Este artículo deberá aplicarse conforme a los demás términos de esta norma y la norma primera.
12.6.1. El término de cómputo del director empezará a partir del primer día en que un jugador cualquiera, o el único jugador en su caso, ponga el primer mensaje después de su última participación, y terminará cuando el director ponga su futuro nuevo mensaje o hasta que se tomen medidas normativas al respecto.
12.6.2. El término de cómputo del jugador empezará a partir del primer día en que el director o, en su caso si lo hay, otro jugador, en cualquiera de los dos casos, ponga el primer mensaje después de su última participación, y terminará cuando este jugador en concreto ponga su futuro nuevo mensaje o hasta que se tomen medidas normativas al respecto.
13. Todos en la partida tienen derecho a su dignidad, sin perjuicio de poder hacer brutalidades con sus personajes a sus enemigos dentro de la partida.
14. Solamente si la partida va muy mal el director tiene derecho a cerrarla sin necesitar justificaciones.
15. Se prohíbe en la partida el uso de spam, floods y CAP's.
16. El director puede hacer toques de atención en la partida. El retraso de respuesta a estos toques de atención supondrá sanción. El director decidirá los términos de cada toque de atención, indicándolos en cada toque en concreto.
17. La partida podrá interrumpirse en Navidad, Semana Santa y verano. El director y los jugadores podrán dialogar sobre estas suspensiones, sobre las que no se aplicará el artículo 12 28 .
18. Estas normas podrán ser modificadas en cualquier momento sin ningún efecto retroactivo negativo.
19. En las partidas de Marca del Este, los puntos de experiencia sólo podrán quedarse iguales o aumentar, nunca disminuir. Las penalizaciones sobre los puntos ganados, cuando las haya, nunca podrán convertirse finalmente en una reducción de los puntos de experiencia actuales.
20. El jugador es el principal responsable de apuntarse en su ficha los cambios en las puntuaciones o en el equipo, cuando estos cambios sucedan, sin perjuicio de que el director pueda supervisar su ficha si es necesario. El director debe indicar claramente los cambios en las puntuaciones y/o en el equipo, no pudiendo darse por presupuestos o "adivinables". Tanto el jugador como el director tienen el deber de no hacer trampas en el equipo y en el dinero, sin perjuicio de que el director pueda dar "recompensas o salvaciones adicionales" si el director se siente generoso.
21.1. Se reconoce y garantiza la continuidad y la correcta concatenación de los hechos en los hechos dentro de la partida, también en los combates. El administrador hará todo lo posible para garantizar dicha particularidad con sus acciones.
21.2. La norma de este artículo no es retroactiva y, por lo tanto, no tiene efecto antes de su creación, que ha sido el 2 de septiembre a las 15:30.
21.3. El director removerá los obstáculos para lo manifestado en estos artículos, incluidas las acciones indebidas de los usuarios.
21.4. En caso demostrativo de que una búsqueda de información dure más de una hora y media, el director podrá intentar llegar a un acuerdo con los jugadores. Sin embargo, para ello deberá invertir mencionada hora y media antes de tomar la decisión del acuerdo. El director promete dedicar realmente expresada hora y media bajo cláusula de consciencia.
22.1. Para hacer tiradas de puntuaciones de 4 dados en el caso de las puntuaciones, es imprescindible que la tirada esté desglosada para que así se pueda ver el dado menor. No serán válidas las tiradas no desglosadas.
22.2. La norma de este artículo no es retroactiva, es decir, sólo será activa para tiradas durante su creación o después de su creación (y no antes); o sea, esta norma sólo será activa para las tiradas hechas como muy temprano el 5 de octubre de 2018 a las 19:50 horas.
23. La norma primera perennia (en adelante n.p.p.) afectará esta norma al menos en los siguientes artículos (traducido del catalán; aunque se intentará que no haya ningún error al respecto, en caso de contradicción con la n.p.p. prevaldrá el texto de esta última; aquí podéis consultar, si queréis, en catalán, el texto de la normatación misma); aquí podéis ver dichos artículos:
Título preliminar:
(...)
2. Lengua principal oficial y, en su caso, lenguas secundarias oficiales. La lengua oficial y principal del Portal Perenne es el catalán, sin perjuicio que puedan participar ocasionalmente otras lenguas si fuera el caso; estas lenguas recibirán la calificación de lenguas oficiales secundarias. Se considerarán especialmente la lengua española y la lengua inglesa. [Observación adicional: en mis partidas de comunidad umbría, de acuerdo con las normas umbrianas, la lengua será el castellano salvo, no es el caso de esta partida misma, indicación expresa de que estuvieran en catalán, si fuera algún caso.].
(...)
[Lista de portales perennes].
4.3.1. Comunidad Umbria. Partidas de Comunidad Umbria con Unicornio como director (no en las que participe como jugador), que serán regidas por la norma correspondiente (en castellano).
4.3.2. Actualmente, Unicornio Gris dirige la partida "Impedir que se realice el ritual satánico del omni-poder" en Umbria (se puede ver el artículo 22.2. ).
(...)
Título I. De los derechos y deberes, de acuerdo con los principios del portal.
Capítulo I. De los derechos y deberes que afectan a todos los usuarios y al administrador.
(...)
16. Respeto moral. 1. Titulares del derecho al respeto moral; normas. Los usuarios perennes, así como el administrador y todas las demás personas, tienen el derecho y el deber al respeto moral, de acuerdo con la norma que lo regula y este mismo artículo (en catalan).
2. Cumplimiento del respeto moral por parte de los artículos y de las bromas de este artículo. Todos los artículos y cualquier otro contenido, incluidos los literarios y los del foro, del Cosmos Perenne, cumpliran con este respeto moral ineludible; las bromas y las críticas deberán de moderarse para matizar este derecho y deber por obligación de la normatación misma.
3. Sanción al usuario para, en su caso, omisión del deber al respeto; normas al respeto. El administrador y todos tendrán siempre el derecho al respeto; los usuarios y los demás participantes podrán ser gravemente sancionados cuando rompan gravemente el bienestar de la web y de acuerdo con lo que dispongan las normas y, de no estar indicado en estas mismas normas, en su caso y de acuerdo con las normas que la regulen, la autoridad libre del administrador.
4. No posibilidad de falta de respeto moral a los infractores a pesar de serlo a los usuarios o visitantes que en su caso lo sean. A pesar de haber faltado al respeto a otros usuarios y/o de la web y/o al administrador los que lo hayan hecho, los usuarios infractores seguirán teniendo el derecho al respeto moral, sin perjuicio a otras posibles sanciones, siempre que en su caso sea de gravedad la infracción de falta de respeto que hayan realizado.
5. Está permitida la crítica, la discrepancia, la sátira y el humor siempre que se apliquen de acuerdo con el respeto moral definido en este artículo, en las normas que corresponda y, supletoriamente, en las actividades de la autoridad libre. Es competencia del administrador controlar este respeto de acuerdo con el principio de realismo.
6. No se podrá faltar al respeto moral a nadie, ni siquiera si este insulto ha estado porque la persona insultada ha faltado a alguno de tus derechos del Cosmos Perenne, incluido el derecho y deber al respeto, de acuerdo con este artículo.
7. Uno de los ideales del Cosmos Perenne será crear y fomentar la buena educación y a la vez combatir la mala educación, de acuerdo con la normatación misma.
8. Prohibición de los linchamientos y del bullying. Se prohíben, dentro del portal perenne o fuera del portal perenne pero dirigidos a dentro del mismo, hechos por usuarios u otras personas, incluido el administrador, la realización de los llamados linchamientos y bullying. Cuando una o varias personas tengan una queja tendrán derecho a quejarse o a hacer una incidencia al administrador, quien en su caso podrá hacer una sanción al aparente responsable, pero no ningún derecho a hacer, individual o colectivamente, linchamientos ni bullying. Podrá regularse por norma los sistemas para impedir y desfomentar los linchamientos y el bullying mismos, dentro o fuera del Foro Perenne, en cualquiera de los Portales Perenne.
17. Respeto a la autonomía de los jugadores y participantes. Los jugadores y participantes del Cosmos Perenne tienen derecho a la autonomía de la personalidad y que les sean respetados sus gustos, respetando lo que indica el artículo anterior y las normas que regulen esta autonomía y su eficacia en las diferentes webs del Cosmos Perenne de acuerdo sobretodo con esta norma (en catalán).
(...)
17D. Sobre la necesidad ineludible de la infracción en la aplicación de las sanciones. Nadie en el Cosmos Perenne podrá ser sancionado sin que haya al menos una infracción de que acusarle, ya esté incluido o no con sus normas. La aplicación legítima de un derecho no podrá ser considerada una infracción. El usuario podrá dar, si quiere, su contraopinión al respeto. El efecto lesivo será regulado por la norma respectiva (en catalán).
(...)
Título II. De los principios rectores de la actuación de la administración que resulte productiva y social.
22.1. En las partidas de Unicornio Gris en la web Comunidad Umbria este mismo procurará el respeto de los derechos de los usuarios y de las normas umbrianas, e intentará hacer partidas divertidas sin retrasos injustificados, de acuerdo con la norma perennia que dirige allá las partidas (en castellano; en realidad es esta misma norma, esta que ahora mismo lees); también procurará hacer las partidas lo bastante divertidas; se definirán por norma los derechos y los deberes de todos en la partida de Umbría en los aspectos que en su caso sean definidos por norma.
22.2 Actualmente Unicornio Gris dirige la partida "Impedir que se realice el ritual satánico del omni-poder" en Umbría (se puede ver el artículo 4.3.2. ).
(...)
Observación adicional: todos los artículos y exhortaciones al menos de la normatación, incluido el preámbulo en tanto en cuanto tenga alguna afectación, serán de efecto para los usuarios estén o no estén incluidos en este mismo listado, en tanto en cuanto corresponda así mismo.
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24. El director decidirá la forma y los efectos de los, que en su caso, por haber cometido al menos una infracción, reciban una sanción. No podrá recibir una sanción quien si fuera el caso se limiten a hacer uso de sus derechos. Este artículo obedece la norma primera (en catalán) y, cuando sea la situación, las demás normas que le afecten.
25.1. Presunción de buena fe. El administrador deberá (no podrá expresarse de otra manera) presumir buena fe en los usuarios antes de que incumplan la norma si aún no la han incumplido; sólo podrá romper esta presuposición de buena fe cuando, si fuera el caso, el usuario haya incumplido la norma. Esto se aplica especialmente en los períodos de tiempo máximos en que el usuario debe participar en la partida, de acuerdo con las normas.
25.2. Este artículo no tiene efectos retroactivos y entra en vigor el mismo día de su escritura en estas normas, es decir, el 6 de enero de 2019 a las 12 del mediodía.
26. Formalidad a la hora de aplicar sanciones. A la hora de aplicar sanciones a todo usuario que en su caso le corresponda, de acuerdo con la normatación y esta norma, el administrador debe ser formal y no utilizar ninguna palabra despectiva, de acuerdo con el derecho de los usuarios al respeto indicado en el artículo 13 de la norma primera.
27. Importancia superior de los jugadores en el argumento y hechos de las partidas. Estas normas se fundamentan en la importancia superior de todos sus jugadores en el argumento y hechos de la partida, dejando a los hechos manejados por el director en un segundo plano. Este artículo deberá ser central en todo momento de la partida, o al menos se deberá intentar que así sea, siendo un deber para el director y no un principio rector. El director deberá estar abierto y receptivo a las sugerencias de los jugadores en caso de probable incumplimiento de este artículo, sin perjuicio de que los mensajes de estas sugerencias deberán ser hechos muy preferiblemente en privado. Este artículo se aplicará conjuntamente con el artículo 4.
28.1. El director y los jugadores deben poner al menos un mensaje dentro de un período de tiempo indicado por el director, que raramente serà menos de tres dias ni más de nueve; el director decidirá en cada caso qué período de tiempo pone. El director debe seguir esta norma incluso si ningún jugador participara, siempre que persista al menos un jugador dentro de la partida, suponiendo que se diera este caso. El jugador debe seguir esta norma desde que ponga su primer mensaje en la partida con su ficha de personaje ya creada hasta que cese su participación en la partida misma incluso si ni el director ni ningún otro jugador participara en la misma partida si fuera este improbable caso así mismo. Cualquier jugador, y también el administrador, que lleven un retraso de cinco días o superior harán un incumplimiento de la norma de este artículo. Las sanciones por incumplimiento de los períodos de tiempo no supondran expulsión de la partida sinó otro castigo menor, salvo si el jugador hace una infracción muy grave o varias infracciones que sumadas lleguen a ser muy graves. El director también deberá poner al menos un mensaje en este períiodo de tiempo o, sinó, recibir una autosanción.
28.2. Tanto el director como todos los jugadores tienen derecho, al menos en un principio, a una excepción del 25% (orientativa) de participar más tarde de lo correspondiente al término medio. El director regulará esta norma con honradez incluso para sí mismo en régimen de responsabilidad. Es preferible que el jugador avise para tomarse este descanso extra, que se aplicará independientemente de las vacaciones.
28.3. En todo caso, será expulsado el jugador que:
28.3.1. Incumpla excesivamente el régimen de retraso de las partidas, teniendo en cuenta el artículo 28.2.
28.3.2. Incluso aunque no se haya declarado el caso del apartado anterior, se puede expulsar un jugador cuando este mismo se pase un período de tiempo no rectificado de 28 o más días seguidos sin participar y/o sin justificación; no obstante, el jugador tiene derecho a pedir una suspensión temporal de la partida que impedirá el efecto de este artículo, haciéndolo con justificación y con la presunción de inocencia al respecto. El jugador puede solicitar esta suspensión en cualquier momento, explicando (salvo si sus circunstancias le hicieran muy aconsejable no hacerlo) los motivos de la suspensión y, a ser posible, cuando quiere retirar esta suspensión. El director decidirá lo que corresponda de acuerdo con los términos que rijan este caso, incluida la norma primera de los portales del Portal Perenne.
28.3.2.B. El director podrá aplicar vacaciones para los jugadores y para sí mismo en verano, en Semana Santa, en Navidades y, en su caso, para otros períodos de descanso o, en su caso, suspensión justificada de enfermedad. Decidirá esto para cada caso, indicándolo debidamente a los jugadores, quienes tienen derecho a hacer peticiones incluso, sin abusar, públicas al respeto. Fingir una enfermedad irreal para alargar o conseguir la suspensión podrá ser objeto de sanción según las normas.
28.3.3. El jugador que incumpla lo dicho en este artículo no podrá darse de baja inmediatamente, sino que deberá aceptar su responsabilidad sin poder marcharse hasta que la sanción le sea aplicada, siendo retenido sólo lo necesario para la sanción.
28.4. Si el director hiciera él mismo un retraso de acuerdo con los términos del artículo anterior, hablará con los jugadores de, si su caso es muy grave, la posible necesidad de suspender o cancelar la partida, teniendo en cuenta, si fuera el caso, de incurrir en autoresponsabilidad y autosanción.
28.5. El director revisará lo necesario esta partida para asegurar el cumplimiento de este artículo aplicando, si fuera el caso, la suspensión voluntaria de la partida reconocida en el artículo 28.3.2. .
28.6. (Cancelado).
29. Se prohíbe expulsar a nadie arbitrariamente de ninguna partida de Unicornio Gris de Marca del Este en Comunidad Umbría, teniendo en cuenta lo que indica el artículo 28.
30. Nadie puede ser obligado a poner un comentario a las normas en esta página en Lletra Perenne, salvo casos excepcionales que deberán ser justificados y procurados de ser avisados con tiempo por el administrador, si fuera el caso. Está prohibido obligar a poner un comentario de forma arbitraria y/o sin avisar con tiempo (si puede permitirse el avisar con tiempo). Podrán cambiarse o ampliarse las normas, si fuera necesario, para definir mejor los caso excepcionales que puedan justificar la imposición de mensaje, de ser así.
31. Queda totalmente prohibido llamar al administrador "Crom" o "Crom el nórdico" o similar de ahora en adelante. Esta imposición no tiene efectos retroactivos a partir de su publicación en la norma primera, más concretamente en su exhortación adicional 14na; los interesados en saber más sobre esta imposición pueden leerse dicha exhortación en la misma norma primera (en catalán). Los interesados en saber qué seudónimo puede o no puede utilizarse para el administrador pueden mandarle un mp o un email en privado a webmestre2(arroba)gmail(punto)com .
32.1. Es totalmente obligatorio, entre otras cosas, el controlar debidamente la puntuación de CA y de puntos de golpe, ambas, durante la partida. El jugador que no lo controle con la suficiente atención, a la larga, podría ser sancionado incluso con la expulsión de la partida.
32.2. El director responderá adecuadamente a las preguntas sensatas sobre lo indicado en el apartado anterior, procurando no dejar ninguna duda en el aire, aunque pueda hacerse esperar un poco. Las dudas es más bien preferible que sean en privado.
32.3. De acuerdo con el deber al respeto moral, ningún jugador puede ser burlado por otro por muy inexperto y torpe que pudiera resultar el jugador potencial objeto de burlas respecto a las puntuaciones y otros aspectos, con atención al apartado anterior.
33.1. Cualquier jugador puede darse de baja en cualquier momento excepto si ha pasado demasiado tiempo inactivo en la partida de acuerdo con las normas o si, dimitiendo, causa un daño grave a la partida o a sus participantes (incluido el director) o, en su caso, por ambos motivos a la vez. Si no sucede ninguno de estos dos supósitos, la petición de baja deberá realizarse. El hecho lesivo grave que en su caso realice el jugador podrá definirse por la autoridad relativamente libre, siempre de acuerdo con las normas y el principio de realismo y de proporcionalidad entre la intensidad de las infracciones y las sanciones.
33.2 Una vez dado legítimamente de baja en su caso, el jugador en cuestión tiene derecho a decidir cuál es el futuro de su personaje y, si no toma decisión alguna al respecto, será el director quien decida qué hacer con este mismo.
33.3. Si, en su improbable caso, como se ha dicho, por intentar darse de baja, cumpliendo o no con el límite de tiempo, hiciera un daño severo a la partida, podría ser sancionado por esto mismo; en este caso, sería expulsado (y no dado de baja), con sanción o sin sanción, de acuerdo con las normas.
33.4. El límite de tiempo para poner mensajes antes de ser sancionado será indicado por el artículo 28 de esta misma norma (de acuerdo con sus apartados). El jugador que incumpla severamente el límite de tiempo, con o sin haber hecho la acción ofensiva, no podrá darse de baja, sino que será expulsado y, en su caso, esto podría significar una sanción de acuerdo con la proporcionalidad entre la intensidad de infracciones y sanciones. Ningún jugador podrá ser obligado de ninguna manera a no participar con tal de imponerle la expulsión por no participación durante el límite de tiempo reglamentario y menos sin dar información a todos los jugadores de esta retención, la cual deberá ser hecha de acuerdo con las normas o, en su caso, la autoridad relativamente libre.
33.5. Si el jugador es expulsado (en vez de dado de baja legítimamente) de acuerdo con este artículo, la expulsión le supondrá que el director mismo decida el destino de su personaje.
34. Los derechos de los jugadores en todas las escenas de la partida o las partidas deberán ser iguales o superiores a los de los participantes VIP y, al mismo tiempo, los derechos de los participantes VIP deberán ser iguales o superiores a los del resto de los umbrianos en los mismos términos. Esto deberá ser así sea cual sea la escena en concreto de la partida y se hagan los cambios que se puedan hacer en las escenas mismas.
35. La intensidad de las sanciones no puede ser superior a la gravedad de las infracciones.
36. Suprimir el hecho constitutivo de infracción por parte del jugador sin necesidad de estar obligado o coaccionado no será la nulidad (aunque puede ser una reducción) de la sanción.
37.1. El director tiene derecho, cuando desee sin estar obligado, a felicitar a sus jugadores por el buen trabajo hecho por sus jugadores, si este fuera el caso, no pudiendo decir felicitaciones indiscutiblemente basadas en méritos radical o totalmente falsos e irreales. La felicitación tendrá por único objeto intentar animar moralmente a los jugadores, o a uno de ellos según el caso, no pudiendo aprovecharse para utilizar un derecho o imponer una sanción en la felicitación misma. El director no podrá poner en su felicitación nada contrario a las normas, incluido las normas de la autoridad relativamente libre si fuera el caso. Se intentará que las felicitaciones no obstaculicen el buen funcionamiento de la partida ni sean temporalmente excesivas.
37.2. Un jugador o varios jugadores tienen derecho a pedir, sin carácter impositivo, al administrador a que haga una felicitación, si bien la decisión final de poner o denegar la felicitación depende del director mismo, de acuerdo con el apartado anterior y sin que la petición pueda ser sancionada salvo si, al pedirla, el jugador o jugadores pongan algo flagrantemente contrario a las normas en su caso, recordando que la autoridad relativamente libre tiene que cumplir con lo que decidan las normas correctamente escritas en todo caso.
38. Durante los combates en las partidas de Unicornio Blanco, siempre que un personaje, durante el combate, reciba, cuando lo reciba, un daño igual o inferior a cero, este daño se convertirá en un punto de daño; si, en otro caso, recibe un daño igual o superior a 1, este daño se contará sin ninguna modificación por este artículo; no obstante, si el contrincante esquiva el golpe sin recibir ningún daño, en esta ocasión no perderá ni ganará, por supuesto, ningún punto de daño, como corresponde.
39. Todas las tiradas en las partidas de Unicornio Blanco Mágico en Umbría, sin excepción, deben hacerse con el sistema automático de tiradas de Umbría, sin perjudicio que puedan, en su caso, hacerse en privado o incluso convertirse en público si el director lo considera necesario.
40.1. Los jugadores, sean varios o, en su caso, uno solo, son parte esencial de la partida, y lo seran mientras esten incluidos en la misma, sin perjudicio de la norma ya les sea, segun el caso, beneficiosa o limitativa.
40.2. Los jugadores que en su caso lo deseen, si es que lo desea alguno, tienen derecho a usar el derecho a darse de baja en la partida y, en todo caso, recibiran por lo menos la atención necesaria e inexcusable para las dudas que hagan al director, sin que por ello, y menos si no es una situación de emergencia, puedan exigir respuesta tampoco immediata del mismo. También tenen derecho a no recibir ningun retraso indebido de la partida y, en caso de opinar que estan sufriendo un retraso indebido en la misma, tienen derecho a opinar al director al respeto. También se benefician del derecho a ser respetados moralmente, derecho de que también se beneficia el director.. También recibiran los otros derechos, incluidos los que surgan de las limitaciones de los deberes, que indiquen esta misma norma y las otras lenguas, ya estén escritos, en una norma aplicable, en catalán o en castellano, pudiendo exigirse, dentro de un plazo de tiempo razonable, la debida traducción al castellano, siempre que la demanda o queja del jugador hacia las normas esté debidamente y concretamente realizada.
40.3. Los jugadores no pueden retrasarse excesivamente o hacer excesiva inactividad en la partida bajo pena de expulsión severa, sobretodo si los demás jugadores estan muy enfadados por esta excesiva inactividad. El director asume la responsabilidad de no retrasarse demasiado en expulsar al culpable de esta infracción, si hubiera alguno en este momento. También debe saberse que no se puede faltar al deber al respeto moral por parte de todos los otros jugadores y del director. Así mismo, los jugadores deberan obedecer a sus derechos, sean por la autoridad normativa o la autoridad relativamente libre, siempre que incurran en inresponsabilidad sólo si es así.
41. Sin referirme a ninguna cosa o persona fuera de mis partidas, no hay NADA supremo en mis partidas; ni yo como director y redactor de normas (pese a mis poderes, si he puesto normas para limitarme será para garantizar algo, que soy consciente que si no cumplo mis propias normas podría quedar incluso en ridículo extremo ante otras personas, ¿no creéis? las normas, incluso los principios rectores, son, sean o no del agrado de los jugadores, son promesas solemnes, vamos, digo yo) ni tampoco son supremos en ningún caso mis jugadores. Quizá son supremas a su manera las normas umbrianas y los administradores umbrianos, o las leyes legales de la llamémosle vida real, quizá esto sí es supremo si es que es manejado en nuestra contra (yo ni intentaría imponerme si pasara, y soy el director). Pero insisto, ni las normas (estas mismas normas que ahora, supongo, lees, en todo caso) ni el director en cierto modo ni los jugadores, pese a sus derechos y deberes, no son supremos. Esto debe tenerse en cuenta, porque, con o (en casos extremos) sin el derecho a darse de baja, esto no los convierte en supremos (a mí no es tan fácil darme miedo, aunque pudiera tener que dar de baja a nada menos que quince partidas si fuera el caso... me podéis poner a prueba si lo deseárais, pero no olvidéis que tengo tanto derecho a abrir una incidencia como cualquier umbriano, o sea que os recomiendo honradez y prudencia que yo no soy un ángel). Bueno, que esto de la no-supremacía quede claro porque es uno de los pilares de esta partida, de acuerdo con lo que dictaminen el resto de las normas.
42.1. Todos los personajes jugadores de Marca del Este tienen derecho a un equipo inicial. El director debe definir este equipo inicial de acuerdo con sus opiniones.
42.2. Este equipo inicial debe estar indicado claramente, por ejemplo en el libro de información de la partida, al alcance fácil de los jugadores, para que puedan elegir y obtener el equipo y, en su caso, sus condiciones alternativas.
42.3. Debe procurarse que el equipo inicial lo escoja el personaje nada más inicie la partida. En caso de un despiste, del director y de los jugadores, no imputable a mala fe, el personaje no dispone desde el mismo inicio el equipo inicial debe obtenerlo lo más rápidamente posible a partir del descubrimiento del descuido, de acuerdo con este articulo. En caso que el descuido del jugador sea, por el contrario, imputable a mala fe, el director decidirá lo que debe hacer, pudiendosele imputar una sanción, pero, sin embargo, el equipo inicial se le dará y, si no lo deseara, de acuerdo con las condiciones del equipo, puede renunciar libremente, de preferirlo así, a todo o a parte del equipo inicial. Si el director fuera pillado en innegable mala fe o el hecho de no entregar el equipo inicial en condiciones tuviera consecuencias graves para los jugadores y/o para la partida, el director mismo decidirá su autosanción y deberá hacer lo posible para solucionar el daño causado, sin perjudicio de entregar el equipo inicial de acuerdo con el artículo 42.1) .
43.1. Compras, vendas, intercambios y obtención de material de todo tipo El personaje, dirigido por el jugador respectivo podrá comprar, vender o intercambiar objetos de las siguientes maneras:
nte de las siguientes maneras:
43.1.1. En los almacenes, de la manera màs normal para comprar y, en su caso, vender o intercambiar objetos de toda clase, En el aacén, de acuerdo en primer lugar con los precios de las normas actuales de Marca del Este y, en el improbable caso que las normas actuales susodichas no decidan un precio en concreto, el director decidirá el precio de este artículo de acuerdo con el principio de realismo, de comparación de precios y de honradez.
43.1.2. Con los demás jugadores y personajes no jugadores (sean héroes luchadores o no) pueden comprar, vender o intercambiar objetos, si el otro personaje no jugador, dirigido por el director, en su caso, hace un trato con el jugador dependiendo de la clase de trato que el jugador proponga.
43.1.3. El jugador podrá encontrar tresoros, casi siempre escondidos en la guarida o escondite de un monstruo o de una criatura peligrosa, bajo la dirección del director, generalmente después de matar o hacer huir al monstruo.
43.2. En todos los demás casos no incluidos en este artículo, el director dirá si concede o no concede, en la situación que sea, que los personajes encuentren o no encuentren un determinado objeto, de acuerdo con el principio de realismo y el de no-discriminación.
44. Cualquier persona salvo el director y los jugadores en activo o en situación especial, salvo todos ellos, cualquier persona tiene derecho a solicitar ser visitante VIP en vez de visitante ordinario, si bien la decisión final de aceptar o denegar la conversión del visitante ordinario a visitante VIP siempre será del director. Solamente si el visitante VIP hace una infracción lo bastante grave, el director puede sancionarle con reconvertirlo en visittante ordinario. Cualquier visitante VIP puede darse de baja en cualquier momento sin necesidad de haber cometido ninguna infracción, salvo si, en un caso improbable, con los efectos de su petición de baja el director creyera necesario retenerlo por algun tiempo como visitante VIP, bajo el principio de honradez y de sinceridad.